- Hijos directos mayores de edad.
- De padres nacidos en Italia.
- De padres no nacidos en Italia y que obtuvieron la ciudadanía italiana por reconstrucción.
- Hijos directos menores de edad.
El turno a tomar en el consulado es especial para hijo directo y deberá presentarse con cita previa con la siguiente documentación:
- Partida de nacimiento del interesado.
- Acta de matrimonio (de corresponder).
- Actas de nacimiento de hijos menores (de corresponder).
- DNI del interesado que demuestre que reside en dicha circunscripción consular.
- DNI de los padres.
- DNI de los hijos menores.
- Recibo de servicio donde conste el mismo domicilio del DNI del interesado.
Si tu padre/madre son nacidos en Italia (1.1) y la circunscripción consular del interesado es distinta del italiano, habrá que presentar las partidas de nacimiento y matrimonio del italiano.
Si tu padre/madre obtuvieron la ciudadanía por descendencia (1.2) debes coincidir en circunscripción consular, de lo contrario deberás realizar la reconstrucción administrativa nuevamente.
Para menores (2), debes inscribir el nacimiento y se le otorgará automáticamente la ciudadanía italiana.