1. Hijos directos mayores de edad.
    1. De padres nacidos en Italia.
    2. De padres no nacidos en Italia y que obtuvieron la ciudadanía italiana por reconstrucción.
  2. Hijos directos menores de edad.
El turno a tomar en el consulado es especial para hijo directo y deberá presentarse con cita previa con la siguiente documentación:
  1. Partida de nacimiento del interesado.
  2. Acta de matrimonio (de corresponder).
  3. Actas de nacimiento de hijos menores (de corresponder).
  4. DNI del interesado que demuestre que reside en dicha circunscripción consular.
  5. DNI de los padres.
  6. DNI de los hijos menores.
  7. Recibo de servicio donde conste el mismo domicilio del DNI del interesado.
Si tu padre/madre son nacidos en Italia (1.1) y la circunscripción consular del interesado es distinta del italiano, habrá que presentar las partidas de nacimiento y matrimonio del italiano.
Si tu padre/madre obtuvieron la ciudadanía por descendencia (1.2) debes coincidir en circunscripción consular, de lo contrario deberás realizar la reconstrucción administrativa nuevamente.
Para menores (2), debes inscribir el nacimiento y se le otorgará automáticamente la ciudadanía italiana.