Mi cónyuge tiene la ciudadanía italiana, ¿puedo obtenerla yo también?
Si, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Tiene que haber transcurrido 2 años desde que obtuvo su reconocimiento en el caso de ser residentes en Italia o 3 años si son residentes fuera de Italia.
- Estos plazos se reducen a la mitad si tuviesen hijos menores de edad.
- Cónyuge debe estar inscripto en el AIRE.
- Ambos cónyuges residan en la misma circunscripción consular.
- No aplica el concubinato ni cualquier otro tipo de unión civil.
- El matrimonio debe estar registrado en el Comune correspondiente.
- El vinculo matrimonial debe subsistir (no debe mediar divorcios, fallecimiento de uno de los cónyuges, etc)
- Adicionalmente a partir de Octubre 2018 se exige demostrar conocimiento de la lengua italiana con un nivel minimo de B1. Debe ser acreditado mediante diploma expedido por un organismo certificador perteneciente al sistema de certificación unificado CLIQ (Certificazione Lingua Italiana di Qualità).
- NO pueden solicitar la ciudadanía por matrimonio las personas que tengan en su certificado penal crímenes graves, personas que hayan sido sentenciadas en Italia o en el extranjero o aquellas personas que sean consideradas un peligro para la seguridad del Estado italiano.