VIA JUDICIAL: La guía definitiva de todo lo que hay que saber

noticias Single

En ciertos casos, la aparición de mujeres en la línea puede llevarte a solicitar la ciudadanía italiana por esta vía. Te explicamos punta a punta el proceso.

Mi tatarabuela es italiana ... ¿Me puede transmitir la ciudadanía?

Mi tatarabuelo es italiano, pero en la línea sigue una de mis bisabuelas mujeres que nació en Argentina ... ¿también puede transmitirme la ciudadanía? Estas son las preguntas que habitualmente recibimos y la respuesta es: SI, pero por vía judicial.

La cuestión es así: Italia tenía hasta 1948 una ley totalmente discriminatoria hacia las mujeres, que no podían transmitir la ciudadanía italiana. Pero en dicho año, la ley fue acompañando los cambios culturales (en realidad no tanto, porque no hay retroactividad y exige ir a los Tribunales) y se permitió a las mujeres transmitir la ciudadanía, pero con la condición de que sea a partir de la promulgación de dicha ley. Es decir, transmitirían la ciudadanía por vía administrativa a aquellos hijos que nacieran después de dicha fecha (01.01.1948).

¿Cómo saber entonces si mi caso es administrativo o judicial?

Muy fácil. Cuando aparezca la primera mujer en tu línea (incluso la propia italiana de la que quieras tomar la ciudadanía), mira el inmediato que le sigue en descendencia (no importa si es mujer u hombre). Si esta persona nació antes del 01.01.1948, deberás ir por vía judicial.

No debes viajar a Roma para presentar la demanda en los Tribunales. Lo haces a través de un letrado con el que nosotros te contactaremos, firmas un poder y listo, él se encargará de todo. Es especialista y un profesional con amplia experiencia que ya ha llevado muchos casos de vía judicial con nosotros.

Plazos: como la mayoría de las veces respecto a la ciudadanía italiana, la respuesta es “depende”. No hay diferencias sustanciales en el armado de la carpeta, pero con la llegada de la pandemia y el confinamiento, los Tribunales reprogramaron sus audiencias y, según el Juez que te toque, algunos dan fechas más próximas que otros. Esto será azar puro. Hay personas que están recibiendo fechas de audiencia a un año, otras a dos…

Costos: obviamente la vía administrativa es mucho más barata porque solo exige el pago de los 300€ al momento de la presentación de la carpeta en el Consulado. En cuanto a la vía judicial, debes contratar un Abogado en Roma por lo cual esto encarece el presupuesto en relación con la vía administrativa. Los costos aproximados son: 600€ de gastos del juicio (tasas, etc) más los honorarios del Abogado para llevar adelante la demanda, que rondan los 3000€. Estos honorarios suelen pagarse en dos veces: el 50% al iniciarse la demanda y el 50% cuando se obtiene sentencia.

Lo ideal sería que toda la familia se anexe a la demanda. No es posible combinar esta modalidad con otras modalidades, por ejemplo, hijo directo. Es decir, si un padre obtiene la ciudadanía por vía judicial NO puede transmitir la ciudadanía luego a sus hijos por “hijo directo”. Estos deberán volver a hacer juicio. Por un pequeño “plus extra” en honorarios, el Abogado agregará a los distintos miembros de la familia que quieran unirse a la demanda.

¿Qué ocurre en los casos donde tengo ambas opciones, es decir, tengo AVOs para obtener la ciudadanía por vía administrativa y AVOs por vía judicial?

Este caso es más habitual de lo que parece, más aún cuando tienes dificultades para conseguir los documentos del AVO que te permitiría obtener la vía administrativa, pero tienes todos los documentos para hacer la vía judicial. La práctica indica que puede rechazarse el juicio si hay posibilidades de obtener la ciudadanía por vía administrativa del lado masculino. Prevalece la prioridad al hombre. Pero en caso de que el hombre no pueda transmitirla (por ejemplo, porque se nacionalizó argentino antes de que naciera su hijo), ahí sí se podrá acceder a la vía judicial porque ya la vía masculina quedó descartada.

Si quieres más información acerca del proceso, te invitamos a visitar nuestro apartado sobre Vía Judicial.

Compartir este artículo: