Quiero VIVIR en ESPAÑA y mi pareja/cónyuge no tiene pasaporte europeo. ¿Qué se puede hacer?

Tenemos buenas noticias! Hay alternativas para tu pareja

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Mi cónyuge no tiene pasaporte europeo. ¿Puede vivir en España también?

¡CLARO QUE SI! Es más, España prevé la figura de “pareja de hecho”, no es requisito fundamental estar casados.

En principio, hay que evaluar dos escenarios:

Si están casados

Necesitarás inscribir o ya tener inscripto el casamiento en el Comune italiano para poder solicitar el acta italiana de casamiento. Te la van a pedir al momento de solicitar la TIE en Extranjería para el “cónyuge de Comunitario”. Es cierto que también puedes presentar el acta de matrimonio de tu país de origen debidamente cumplimentada, pero si tienes el acta plurilingüe italiana, pues mejor.

Si no están casados

Este trámite en grandes ciudades, como Barcelona, actualmente está bastante colapsado. Puede llegar a llevar de 4 a 6 meses y claro, eso supone un problema porque la pareja o cónyuge no podrá trabajar ni movilizarse fuera de España mientras tanto (pasados los 90 días).
Estos son los pasos:

  • Pedir cita con un notario (escribano) y solicitar la inscripción de la pareja de hecho.
  • El notario tendrá el Certificado en aproximadamente un mes y será requisito necesario para el siguiente paso.
  • Solicitar de forma telemática (online) la solicitud para el trámite. Debes adjuntar entre otros requisitos, el Certificado del punto anterior. Este paso está demorando muchísimo, incluso meses. En redes sociales muchos solicitantes van comentando el estado de sus trámites dado que sigue un proceso de secuencia: los primeros que entran son los primeros que salen. Así podrás saber si estás “cerca” de que te respondan pronto.
  • Una vez recibas la notificación de “favorable”, podrás solicitar cita para la Policía para la toma de huellas y posterior solicitud de la TIE.

¡Esperamos haberte ayudado y si tu idea es venir acompañado a España, te esperamos! ¡Olé!

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